top of page

3.- Plazo para comprobar pagos por cuenta de terceros y su cuenta contable independiente.

En la recién publicada 1ra modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal del 20 de agosto de 2019, se realizaron cambios importantes en la regla 2.7.1.13 “Pago de erogaciones a través de terceros”, de la cual ya habíamos analizado su modificación en la anterior publicación de la RMF 2019

Identificación en cuenta contable independiente.

En esta ocasión se definió que, si un contribuyente proporciona el dinero al tercero antes de que realice el gasto, el tercero deberá tener identificado en una cuenta contable independiente, los importes recibidos por el contribuyente.

Antes de la modificación, solo se mencionaba que el tercero debía identificar en cuenta independiente dichos importes, no especificando si se trataba de una cuenta bancaria o contable.

Retorno al contribuyente del dinero no utilizado por el tercero.

Se contemplaba un periodo de 60 días hábiles para que el tercero regresará al contribuyente, el dinero que no utilizo por la adquisición de bienes y servicios. Este plazo se modificó para permitir al tercero devolver el dinero no utilizado antes de que finalice el ejercicio en que se otorgó.

Esta modificación amplía el plazo para las transferencias que se den en los primeros meses del ejercicio, por lo que se recomienda considerar que los depósitos que reciba el tercero acercándose el fin del ejercicio, tienen que comprobarse o reintegrarse al contribuyente en menos tiempo.

En caso de que no se reintegre el dinero proporcionado por el contribuyente, el tercero reconocerá como ingreso las cantidades que no utilizo, esto a través de un CFDI de ingreso y registrándose en la cuenta contable independiente.

Comprobación de la erogación.

También se aclara que si el tercero emite el CFDI con el complemento “Identificación del recurso y minuta de gasto por cuenta de terceros” (complemento aún sin publicarse en la página del SAT), no sustituye ni releva la obligación de recabar los CFDI con la clave del RFC del contribuyente al que se le está realizando la erogación o el comprobante por pagos realizados a proveedores en el extranjero.

bottom of page